201409.01
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El próximo 14 de septiembre entrará en vigor el Real Decreto 475/2014, de 13 de junio, por el que se establece una bonificación del 40 por ciento en las aportaciones empresariales a las cuotas de la Seguridad Social por contingencias comunes respecto del personal investigador.

Tendrán derecho a esta bonificación los trabajadores incluidos en los grupos 1, 2, 3 y 4 de cotización al Régimen General de la Seguridad Social que, con carácter exclusivo y por la totalidad de su tiempo de trabajo en la empresa dedicada a actividades de investigación y desarrollo e innovación tecnológica, se dediquen a la realización de las citadas actividades, ya sea su contrato de carácter indefinido, en prácticas o por obra o servicio determinado. En este último caso, el contrato deberá tener una duración mínima de tres meses.

Las citadas bonificaciones podrán ser compatibles con otras a las que se pudiera acceder o estar disfrutando, si bien la suma de todas ellas no podrá superar el cien por cien  de la cuota empresarial a la Seguridad Social.

Si bien este Real Decreto entra en vigor el próximo 14 de septiembre, el personal investigador a tiempo completo en situación de alta desde 1 de enero de 2013 tendrá derecho a la bonificación regulada en el mismo, pudiéndose solicitar hasta el 30 de diciembre de 2014, la devolución del exceso ingresado.

Enlace a la Disposición

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