El DOGV del 25 de agosto declara, dentro del ámbito territorial de la Comunitat Valenciana, días inhábiles, a los efectos laborales, retribuidos y no recuperables, las fechas que a continuación se relacionan:
1 de enero (Año Nuevo)
19 de marzo (San José)
30 de marzo (Viernes Santo)
2 de abril (Lunes de Pascua)
1 de mayo (Fiesta del Trabajo)
15 de agosto (Asunción de la Virgen)
9 de octubre (Día de la Comunitat Valenciana)
12 de octubre (Fiesta Nacional de España)
1 de noviembre (Todos los Santos)
6 de diciembre (Día de la Constitución)
8 de diciembre (Inmaculada Concepción)
25 de diciembre (Navidad)
Y con carácter retribuido y recuperable, se establece la siguiente
fiesta:
6 de enero (Reyes Magos)