El DOGV del 2 de febrero ha publicado el Decreto 17/2021, de 29 de enero, del Consell, por el que se aprueban las bases que regulan la concesión, en el ámbito de la Comunitat Valenciana, de las ayudas dirigidas a apoyar la viabilidad económica de las empresas y personas encuadradas en el régimen de trabajadores autónomos de la Seguridad Social afectadas por la Covid-19, para reforzar su continuidad y posibilitar el mantenimiento de sus trabajadores y trabajadoras.
Beneficiarios y cuantía:
- Empresas y personas encuadradas en el régimen de trabajadores autónomos que, a fecha 2-02-2021, dispongan de al menos una cuenta de cotización con personas trabajadoras en alta en el ámbito de la Comunitat Valenciana: 600 € por cada persona que a dicha fecha figure de alta con contrato laboral a jornada completa y 300 € en el caso de contratos a tiempo parcial, con el límite de 12.000 €
- Personas encuadradas en el régimen de trabajadores autónomos de la Seguridad Social que desarrollan en la Comunitat Valenciana su actividad económica: 600 €.
En todo caso, para poder ser beneficiario de estas ayudas la actividad económica que se desarrolle ha de estar clasificada en alguno de los siguientes códigos de la CNAE-09:
5510 Hoteles y alojamientos similares
5520 Alojamientos turísticos y otros alojamientos de corta estancia
5530 Campings y aparcamientos para caravanas
5590 Otros alojamientos 5610 Restaurantes y puestos de comidas
5621 Provisión de comidas preparadas para eventos
5629 Otros servicios de comidas
5630 Establecimientos de bebidas
5914 Actividades de exhibición cinematográfica
7911 Actividades de las agencias de viajes
7912 Actividades de los operadores turísticos
7990 Otros servicios de reservas y actividades relacionadas con los mismos
8230 Organización de convenciones y ferias de muestras
9001 Artes escénicas 9002 Actividades auxiliares a las artes escénicas
9003 Creación artística y literaria 9004 Gestión de salas de espectáculos
9102 Actividades de museos
9103 Gestión de lugares y edificios históricos
9311 Gestión de instalaciones deportivas
9312 Actividades de los clubes deportivos
9313 Actividades de los gimnasios
9319 Otras actividades deportivas
9321 Actividades de los parques de atracciones y los parques temáticos
9329 Otras actividades recreativas y de entretenimiento
Plazo: Desde las 09.00 horas del 4 de febrero de 2021 hasta las 23:59 horas del 17 de febrero de 2021.
Las subvenciones se concederán hasta agotar el crédito disponible.