El BOE del 7 de septiembre ha publicado la Ley Orgánica 10/2022 de garantía integral de la libertad sexual, que con carácter general entrará en vigor el 7/10/2022.
En ella se recogen las siguientes medidas en el ámbito laboral:
a)Se imponen a las empresas las siguientes obligaciones:
- promover condiciones de trabajo que eviten la comisión de delitos u otras conductas contra la libertad sexual y la integridad moral en el trabajo, incidiendo especialmente en el acoso sexual y el acoso por razón de sexo, incluidas las sufridas en el ámbito digital
- arbitrar procedimientos de prevención y de denuncia de las víctimas
- promover la sensibilización y ofrecer formación para la protección integral contra las violencias sexuales a todo el personal
- incluir la violencia sexual en la valoración de riesgos laborales de los puestos de trabajo ocupados por mujeres.
b)En relación con las víctimas, se amplían a las víctimas de violencia sexual, los derechos laborales y de Seguridad Social ya reconocidos para las víctimas de violencia de género. Además tendrán derecho a:
- la suspensión de la relación laboral con reserva de puesto de trabajo por una duración máxima de 6 meses, salvo decisión judicial que se podrá prorrogar por períodos de 3 meses hasta un máximo de 18 meses
- extinción del contrato de trabajo
- protección por desempleo
- se consideren justificadas y sean remuneradas, cuando así lo determinen los servicios sociales de atención o servicios de salud, las ausencias o faltas de puntualidad al trabajo motivadas por la situación física o psicológica derivada de las violencias sexuales.