El BOE del 21/03/2026 ha publicado el RDL 7/2026 (en vigor desde el 22/03/26), en el que se establece un plan integral de respuesta a la crisis de Oriente Medio. En esta disposición se contemplan las siguientes medidas sociales:
- Prohibición de despido.
Hasta el 30-6-2026, las empresas beneficiaras de las ayudas directas previstas en esta norma no podrán despedir por casusas de fuerza mayor o por causas ETOP derivadas de la situación a la que pretende hacer frente. El incumplimiento de esta obligación conllevará el reintegro de la ayuda recibida y la calificación del despido como nulo.
SI se trata de contratos fijos-discontinuos, las causas anteriores tampoco justifican el fin del periodo de actividad o la falta de llamamiento.
- Planes de movilidad sostenible.
Se reduce de 24 a 12 meses el plazo para cumplir con la obligación de disponer de planes de movilidad sostenible. Por tanto, las empresas y las entidades del sector público con centros de trabajo de más de 200 personas trabajadoras o de 100 por turno tienen hasta el 5/12/2026 para elaborar e implementar sus planes.
Las empresas beneficiarias de las ayudas previstas en esta norma que incumplan con la obligación de contar con un plan de movilidad deberán reintegrar las ayudas recibidas.






