El BOE del 30/06/2026 ha publicado el RDL 18/2026 (en vigor desde el 01/07/2026) por el que se prorrogan parte de las medidas incluidas en el plan integral de respuesta a la crisis de Oriente Medio, aprobado por el RDL 7/2026. Las medidas de carácter social que incluye son las siguientes:
- Prohibición de despido.
Se amplía hasta el 30-9-2026, la prohibición de despedir por causas de fuerza mayor o por causas ETOP derivadas de la situación a la que pretende hacer frente. El incumplimiento de esta obligación conlleva el reintegro de la ayuda recibida y la calificación del despido como nulo.
Si se trata de contratos fijos-discontinuos, las causas anteriores tampoco justifican el fin del periodo de actividad o falta de llamamiento.
Igualmente, las cooperativas no pueden adoptar acuerdos que supongan la reducción definitiva del número de puestos de trabajo
- Planes de movilidad sostenible.
Se reitera que las empresas beneficiarias de las ayudas directas de esta norma que incumplan con la obligación de contar con un plan de movilidad sostenible deben reintegrar las ayudas recibidas.



