201412.31
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El BOE del día 30 de diciembre ha publicado la Ley 36/2014 de Presupuestos Generales del Estado para el año 2015 en la que, entre otras,  cabe destacar las siguientes novedades:

  • Pensiones: las pensiones abonadas por el sistema de la Seguridad Social, así como de Clases Pasivas del Estado, experimentarán en 2015 con carácter general un incremento del 0,25 por ciento.

El importe a percibir no podrá superar, la cuantía íntegra de 2.560,88 euros mensuales, sin perjuicio de las pagas extraordinarias que pudieran corresponder a su titular, cuya cuantía también estará afectada por el citado límite. En todo caso la cuantía íntegra anual no podrá superar los 35.852,32 euros.

  • Bases y tipos de cotización a la Seguridad Social, Desempleo, Protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y Formación Profesional:

1.Régimen General: Las bases mínimas de cotización, se incrementarán, en el mismo porcentaje en que aumente el salario mínimo interprofesional. Las bases máximas, serán de 3.606,00 euros mensuales o de 120,20 euros diarios. En cuanto a los tipos de cotización, no sufren variación respecto de los aplicados en 2014.

2.Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios: las bases mínimas de cotización, se incrementarán en el mismo porcentaje en que aumente el salario mínimo interprofesional. Las bases máximas serán de 3.063,30 € mensuales. Los tipos de cotización se mantienen, salvo por lo que se refiere a los trabajadores encuadrados en los grupos de cotización 2 a 11, que será del 22,00 por ciento, siendo el 17,30 por ciento a cargo de la empresa y el 4,70 por ciento a cargo del trabajador.

3.Empleados de Hogar: Se actualizan las bases de cotización de la escala vigente en el año 2014, en idéntica proporción al incremento que experimente el salario mínimo interprofesional. Asimismo se revisa el tipo de cotización por contingencias comunes, que será el 24,70 por ciento, siendo el 20,60 por ciento a cargo del empleador y el 4,10 por ciento a cargo del empleado.

4.Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos: Se mantienen los tipos de cotización vigentes en 2014, actualizándose las bases que, durante el año 2015 quedan fijadas, la máxima en 3.606,00 € mensuales y la mínima en 884,40 € mensuales.

5.Cotización en los contratos para la formación y el aprendizaje: Las cotizaciones se incrementarán, en el mismo porcentaje que aumente la base mínima del Régimen General.

  • IPREM: durante 2015 tendrá las siguientes cuantías:
  1.  IPREM diario, 17,75 euros.
  2. IPREM mensual, 532,51 euros.
  3. IPREM  anual, 6.390,13 euros.
  • Formación profesional para el empleo: Se mantiene en la misma cuantía que en 2014, el crédito de que disponen las empresas para la formación de sus trabajadores.
  • Cobertura por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales: se deroga la ampliación de dicha cobertura para todos los regímenes que estaba previsto que entrase en vigor el 1 de enero de 2015.
  • Ampliación del permiso de paternidad: se pospone a 1 de enero de 2016 la fecha de su entrada en vigor.
  • Cotización a tiempo parcial para los trabajadores autónomos: se pospone a 1 de enero de 2016 la fecha de su entrada en vigor.

 

Enlace a la Disposición

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